RESPONSABILIDAD CIVIL DE SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
El contrato cubre la Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, con los límites que en cada caso la normativa vigente imponga, para los daños en las personas y en las cosas, que se produzcan como consecuencia de la conducción del vehículo asegurado que tenga el carácter de hecho de circulación durante el período de vigencia del contrato.