DEFENSA JURÍDICA Y RECLAMACIÓN DE DAÑOS
Por el Seguro de Defensa Jurídica, el Asegurador se obliga dentro de los límites establecidos en la Ley y en este contrato, a hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir el Asegurado a consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica, judicial y extrajudicial, derivados de la cobertura del seguro.